
¿Cómo saber si tengo que hacer la VTV?

Si sos propietario o conduces habitualmente un vehículo en el territorio de la República Argentina, este artículo te va a servir. Aquí nos ocuparemos de contarte qué es la VTV, cuáles son las diferencias entre la RTO nacional y la VTV provincial, cómo saber si tenés tu VTV vencida y mucho más!
A su vez, te contaremos en qué provincias es obligatoria y qué sucede en caso de que se haya vencido la VTV de tu vehículo.
¿Qué diferencia hay entre la VTV Nacional y Provincial?
En primera instancia, son diferentes la denominaciones. A nivel nacional se llama RTO, siglas que significan "Revisión Técnica Obligatoria". Se trata de un examen que posibilita comprobar si el vehículo cuenta con las condiciones mínimas para garantizar la seguridad de los usuarios, tanto del vehículo como d la vía pública. A su vez, con dicho examen se verifica que el vehículo en cuestión no exceda los niveles de contaminación permitidos. Esta revisión está regulada por la Consultora Nacional de Transporte, CENT en sus siglas.
El sistema de Revisión Técnica Obligatoria está regulado por la Ley 24449, precisamente, en el artículo 34.
Tendrán que aprobar está inspección todos los vehículos, sean de carga o de pasajeros, que circulen por caminos interprovinciales: motos, cuadriciclos, automóviles, camionetas, buses, transportes de carga, carros y remolques.
Por su parte, a nivel provincial se denomina VTV, cuyo significado es Verificación Técnica Vehicular. Realizar dicha revisión te permitirá circular dentro de los límites de la provincia. Ésta está determinada a controlar que los vehículos se encuentren en perfecto estado mecánico, además de cerciorar que no emitan más gases que lo permitido.

Cabe aclarar que existen algunas provincias cuyos sistemas de VTV están adheridos a la ley nacional, por lo cual, bastará con realizar dicho examen para circular tranquilamente por todo el territorio nacional.
¿En qué provincias es obligatoria la VTV?
La VTV o RTO, ¿es obligatoria en todas las provincias del país? Exacto. La VTV o RTO son controles obligatorios de los vehículos en todo el campo automotor de la República Argentina, según la Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial N° 24.449.
¿Tengo que realizar la VTV?
Dependiendo la provincia en la que tengas que realizar tu VTV o RTO, será el plazo desde el cuál es obligatorio que realices tu revisión.
Por ejemplo:

- Para Provincia de Buenos Aires:
- Automóviles: Que tengan más de tres años de antigüedad, o bien, más de 60000 km recorridos.
- Motos: Que posean más de un año de antigüedad.
- Para Mendoza:
- Automóviles, camionetas o furgones: A partir de 36 meses desde su patentamiento.
- Motos: A partir de 24 meses desde su patentamiento.
- Camiones: A partir de 12 meses desde su patentamiento.
- Acoplados o semi acoplados: Si están afectados a uso particular, a partir de 12 meses desde su patentamiento.
Te aconsejamos que obtengas más información sobre la VTV de tu provincia o ciudad, haciendo click aquí.
¿Qué pasa si tengo la VTV vencida en Ruta?
Dado que está prohibido circular sin la VTV al día, serán multados todos aquellos conductores cuyos vehículos se encuentren fuera de regla. El valor de las multas dependerá de la reglamentación establecida en cada jurisdicción.
En muchos casos, también, además de la multa se suspenderá la licencia de conducir por un plazo de 30 días.
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¿Cómo saber si tengo la VTV vencida?
La mejor manera de verificar si tienes la VTV vencida es fijandote en tu oblea o certificado. Sólo la web del VTV de Provincia de Bs As permite fijarse online el vencimiento según la patente del vehículo.
Tené en cuenta que es necesario sacar turno 30 días antes del vencimiento.
¿Cuánto tiempo puedo circular con la VTV vencida?
No podrás circular ni 1 día con tu VTV vencida. Cuando se cumpla el plazo, ya estarás circulando en infracción.
¿Cómo hacer la Re verificación?
Dentro del plazo establecido, podrás sacar turno nuevamente y presentarte con los desperfectos observados ya solucionados. Te recomendamos que consultes en tu plata de verificación si debes volver a solicitar otro turno o si directamente te anuncias y te atiende, ya que esto lo dispone cada sede.
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